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Consejo Directivo

El Consejo Directivo es el máximo órgano de dirección del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE y estará integrado por:

  • El Ministro de Educación Nacional, o su delegado y quien lo presidirá
  • El Gobernador del Departamento del Valle o su delegado.
  • Un miembro designado por el Presidente de la República.
  • Un representante de las directivas académicas, uno de los docentes, uno de los egresados, uno de los estudiantes, uno del sector productivo y un Exrector del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE.
  • El Rector del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE, con voz y sin voto.
Funciones
Son funciones del Consejo Directivo del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE, además de las establecidas en la Ley y en sus estatutos, las siguientes:
  • Formular a propuesta del representante legal, la política general de la institución, los planes y programas que conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del presupuesto deban proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de éstos, al Plan Nacional de Desarrollo.
  • Formular a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la Institución, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo, académico y de planeación institucional y velar porque la marcha de la Institución esté acorde con las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias.
  • Formular a propuesta del representante legal, la organización académica, administrativa y financiera de la Institución, controlar su funcionamiento general de conformidad con las políticas, planes y programas adoptados y conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por el Rector.
  • Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura y la planta de personal.
  • Expedir o modificar los estatutos y reglamentos internos del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE, de conformidad con lo dispuesto en los presentes estatutos.
  • Designar y remover el Rector del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE, en la forma que prevé el presente estatuto y Reglamentaciones expedidas por este Consejo.
  • Aprobar el PAC y sus modificaciones financiados con ingresos propios con fundamento en las metas globales de pagos fijados por el CONFIS (Art. 10 Ley 225/95).
  • Fijar los derechos pecuniarios que pueda cobrar el INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE .
  • Modificar cuando se requiera el anexo del Decreto de liquidación del presupuesto, teniendo en cuenta que no afecte en cada sección presupuestal el monto total de las apropiaciones de funcionamiento, de servicio a la deuda o de los subprogramas de inversión aprobados por el Congreso.
  • Autorizar la aceptación de donaciones o legados que no impliquen una condición o una contraprestación de cualquier naturaleza para la entidad, en cualquier cuantía, e incorporarlas al patrimonio de la Institución.
  • Autorizar las comisiones al exterior, las comisiones de estudio y las comisiones para desempeñar cargos de libre nombramiento y remoción según lo dispongan los estatutos y los planes institucionales de capacitación.
  • Autorizar la celebración de todo contrato, o de convenio con instituciones o gobiernos extranjeros o instituciones internacionales.
  • Autorizar la celebración de los demás convenios, empréstitos internos o externos con destino a la institución, según las disposiciones vigentes.
  • Examinar trimestralmente los estados financieros para definir políticas de desarrollo del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE.
  • Aprobar la creación, suspensión o supresión de programas académicos de acuerdo con las disposiciones legales y por recomendación del Consejo Académico.
  • Expedir la reglamentación para otorgar títulos, honoris causa y/o póstumos y/o condecoraciones.
  • Darse su propio reglamento.
  • Conceder al Rector licencias, permisos y comisiones previo el estudio respectivo acorde con la legislación vigente.
  • Definir la política de admisión de estudiantes previa recomendación del Consejo Académico.
  • Conocer de los recursos de apelación interpuestas contra los actos Administrativos de carácter
  • General, particular y concreto que expida el rector.
  • Reglamentar las calidades, elección y período de permanencia en el Consejo Directivo de los representantes de los docentes, egresados, estudiantes, sector productivo y exrectores y demás miembros que de conformidad con las normas estatutarias, hacen parte de las diferentes corporaciones del INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del INSTITUTO .
  • Las demás que le señale la ley, los estatutos y aquellas que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la entidad.
Reuniones
Representantes

El Consejo Directivo se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente por convocatoria de su Presidente, del Rector o cuando lo soliciten por lo menos cinco de sus miembros.

Doctor Iván Enrique Ramos Calderón, Representante de la Ministra de Educación Nacional

Doctor Oscar Marino Gómez García, Representante del Presidente de la República

Magíster Mandina Quizza Tómich, Rectora

Especialista Amparo López Sánchez, Representante del Gobernador del Valle

Doctor Juan Vicente Gómez Castellanos, Representante de los Exrectores

Ingeniera María Patricia Padilla Mondragón, Representante de las Directivas Académicas

Especialista Orlando de Jesús Soto, Representante de los Profesores

Especialista Iván Plutarco Rivera Cerón, Representante del Sector Productivo

Especialista Alba Ruby López Cañas, Secretaria

Ingeniero Diego de Jesús Román Payan, Representante de los Estudiantes

Técnico Nelson Ramírez Franco, Representante de los Egresados